CNDH envía recomendación a Semar por detención arbitraria de tres hombres en Coahuila

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CNDH envía recomendación a Semar por detención arbitraria de tres hombres en Coahuila

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dicha recomendación dirigida al titular de la Secretaría de Marina (Semar), Vidal Francisco Soberón Sanz, por el caso de tres hombres detenidos de manera arbitraria en Piedras Negras, Coahuila

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al titular de la Secretaría de Marina (Semar), Vidal Francisco Soberón Sanz, por el caso de tres hombres detenidos de manera arbitraria en Piedras Negras, Coahuila.

En un comunicado, la CNDH dio a conocer que luego de hacer la investigación y el análisis de las evidencias recabadas, advirtió que las circunstancias de modo, tiempo y lugar narradas por los marinos que aprehendieron a las víctimas “fueron inverosímiles”.

Se acreditó que las tres víctimas fueron detenidas en hora y día diferentes, además de que una de ellas fue aprehendida en distinto lugar, apuntó.

De acuerdo con el organismo, encontró elementos que le permiten acreditar violaciones a los derechos humanos a la libertad y seguridad personal, y a la integridad personal contra los tres ciudadanos, así como a la inviolabilidad del domicilio y privacidad en agravio de uno de ellos.

“Los tres agentes aprehensores, al haber detenido a las tres víctimas sin orden de aprehensión ni en flagrancia y haberlas retenido de manera ilegal por un tiempo excesivo e injustificado, violentaron el derecho de los agraviados a la libertad y seguridad personal, puntualizó en su comunicado.

Agregó que el allanamiento, registro y revisión del domicilio de una de las víctimas por parte de efectivos navales constituye un cateo ilegal, que al no estar fundado y motivado en los requisitos constitucionales de formalidad y de legalidad exigidos para realizarlo, “se traduce en la transgresión al derecho humano a la inviolabilidad del domicilio y la privacidad, imputable a los tres agentes aprehensores en agravio de dicha víctima”.

Respecto de la integridad personal de los tres agraviados por trato cruel, atribuible a los agentes aprehensores, las tres víctimas presentaron diversas lesiones físicas, mismas que se acreditó fueron contemporáneas al día de su detención y retención y les fueron inferidas con abuso excesivo de fuerza.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al secretario de Marina instruir a quien corresponda para que se repare el daño a los tres agraviados en términos de la Ley General de Víctimas.

También, diseñar e impartir un Programa Integral de Educación, Formación y Capacitación en materia de Derechos Humanos a los servidores públicos de la Semar, que incluya, en los casos de detenciones de cualquier persona en flagrancia, “un escrupuloso procedimiento” para ponerlos a disposición de la autoridad competente sin demora alguna.

Asimismo, que en las denuncias de hechos y/o puestas a disposición no se expresen hechos simulados o no veraces, ni se imputen indebidamente delitos con motivo de una supuesta flagrancia.

De igual manera, colaborar con la CNDH en el procedimiento de investigación y denuncia de hechos que inicie ante la Inspección y Contraloría General de Marina y la Procuraduría General de la República (PGR), respectivamente, contra los servidores públicos involucrados en el presente caso.

La CNDH precisó que de acuerdo con su declaración ante el Ministerio Público Federal, los agraviados fueron detenidos en tres diferentes eventos. Uno de ellos salió de su domicilio a las 17:00 del 9 de mayo de 2014. En su automóvil recogió a dos amigos y los tres tomaron la carretera Lauro Villar, con dirección a Ciudad Acuña, con la intención de llegar a un establecimiento donde asistirían a una “carne asada”.

Antes de llegar al Ejido el Moral, tres camionetas de la Semar les marcaron alto. Uno de los marinos observó los tatuajes del conductor y al interrogarlo lo golpeó en el estómago, en tanto que los otros agentes golpearon a los acompañantes, a quienes trasladaron a sus domicilios, pero retuvieron al agraviado.

La CNDH consideró que las conductas ilegales cometidas por los agentes aprehensores y ministeriales para acreditar la responsabilidad de las personas inculpadas también deben ser motivo de investigación y sanción en su caso porque, de no hacerlo, se contribuye a la impunidad.

Las víctimas del delito deben tener protegido su derecho humano de acceso a la justicia, a partir de investigaciones ministeriales adecuadas y profesionales, las cuales deberán verse siempre fortalecidas a partir del marco jurídico vigente, concluyó.