Chihuahua dificulta el camino a los candidatos sin partido

Usted está aquí

Chihuahua dificulta el camino a los candidatos sin partido

Foto: Archivo
Los ministros tomaron la decisión con base en que las normas federales no determinan requisitos para los candidatos independientes, y por tanto el tema es de libre configuración para los Congresos locales.

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las reformas a la Constitución de Chihuahua que establecen que los candidatos independientes que busquen contender por un puesto de elección popular deben demostrar que no guardan alguna relación con institutos políticos por lo menos tres años antes de una elección.

Los ministros tomaron la decisión con base en que las normas federales no determinan requisitos para los candidatos independientes, y por tanto el tema es de libre configuración para los Congresos locales.

Al revisar varias acciones de inconstitucionalidad relacionadas con las reformas a la Constitución de Chihuahua, el punto más relevante que invalidó la Corte tuvo que ver con el requisito de 2 por ciento de votación para asignación de diputados de representación proporcional, al ser inferior que el 3 por ciento requerido para mantener el registro.

Dicho tema fue denominado por los quejosos como el “Congreso flexible”, un esquema que permitía incrementar en tres diputados el Congreso estatal, presuntamente para evitar la subrepresentación de los partidos con menos votación.

Por mayoría de votos, los ministros resolvieron que la norma violaba el principio de certeza jurídica, ya que el reparto de plurinominales debe tener reglas fijas y no solucionarse casuísticamente, motivo por el cual invalidaron la disposición y ordenaron al Congreso de Chihuahua subsanar esta falla en los próximos 60 días.