Castigarán hasta con 11 años de prisión delito de violación impropia en Coahuila

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Castigarán hasta con 11 años de prisión delito de violación impropia en Coahuila

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Aprueban reformas al Código Penal para delitos sexuales y de privación de la libertad

En Coahuila el delito de violación impropia será castigado con hasta 11 años de prisión, luego de que el Congreso del Estado aprobó ayer distintas modificaciones al Código Penal, tanto en delitos sexuales como de privación de la libertad denominado rapto.

La iniciativa, que había sido presentada apenas la semana pasada por parte de la diputada Georgina Cano, fue aprobado por unanimidad, por lo que se modificaron los párrafos primero y segundo del artículo 388 y el artículo 389 del Código Penal de Coahuila, relativo a los delitos de violación impropia y rapto.

“En lo concerniente a la figura típica de violación impropia por instrumento o elemento distinto al natural, se contemplan supuestos de protección para las personas menores de 15 años de edad, así como para aquellos que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o no cuenten con la posibilidad de resistirlo, incluyendo a aquellos de hasta 12 años de edad o menor”, comentó la legisladora.

Por ello, de ahora en adelante se castigará con prisión de cuatro a nueve años y multa a quien ilícitamente introduzca en forma total o parcial, vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto al natural, sin consentimiento de la persona.

Además, se aprobó elevar la sanción de seis a 11 años y multa, en los supuestos cometidos contra los menores de 15 años o en aquellos que por cualquier causa no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o posibilidad de resistir la conducta, toda vez que constituyen hechos delictivos que atentan contra sujetos que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.

Cabe señalar que en el Código Penal federal se contempla una sanción de hasta 20 años de prisión por violación impropia, mientras que en el estado de Baja California se castiga con hasta 15 años.

Por otro lado, en el caso del rapto se aplicará prisión de uno a siete años y multa a quien, por medio de la violencia física o moral o engaño, sustraiga o retenga a una persona para satisfacer algún deseo erótico o para casarse.

“Es necesario incorporar en el supuesto el propósito que genera la conducta delictiva a fin de dotar de más elementos a las autoridades encargadas de la procuración de justicia para la realización e integración de sus investigaciones y que a su vez, el juzgador pueda determinar la actualización del hecho delictivo”, dice la exposición de motivos.