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Carlos Orta gana round a PAN de Coahuila
El Tribunal Electoral de Coahuila revocó la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional de PAN, que desechó un recurso de reclamación del ex presidente de ese partido en el Estado, Carlos Orta Canales, acerca de la exigencia de ese partido de solicitarle cierta información personal para el Programa Específico de Revisión del Padrón de Militantes.
Dentro de ese proceso de “reingeniería” del padrón, el PAN, entre otras cuestiones, pidió a sus militantes datos como huella dactilar, correo electrónico y número de teléfono celular, lo que fue considerado por Orta Canales como requisitos que no exigen los estatutos del PAN.
Ante eso, el panista coahuilense se inconformó en primera instancia ante la Comisión de Justicia de su partido, la cual desechó la queja por estimar que el actor carecía de interés jurídico para impugnar.
Posteriormente, Orta Canales acudió el TEEC, cuyos magistrados coahuilenses, por unanimidad, declararon ayer fundados los agravios de Orta.
“En virtud de que al establecerse en el acuerdo la obligación para los militantes de proporcionar su huella digital se están estableciendo mayores requisitos a los previstos en las normas internas del PAN para adquirir la calidad de militante.
Como lo expone el actor en su demanda, por lo que existe un agravio personal y directo que afecta la esfera de derechos políticos-electorales del demandante”, establece la sentencia dictada ayer por el TEEC.
Sin embargo el órgano interno del PAN simplemente desechó la demanda de Orta, sin meterse a estudiar el fondo del asunto.