Cargos honoríficos… pero sumamente onerosos
Usted está aquí
Cargos honoríficos… pero sumamente onerosos
En el sector público —así como en el privado— de cualquier parte del mundo existen fundamentalmente dos tipos de cargos: aquellos que son equivalentes a un empleo y, por tanto, obligan al pago del salario y las prestaciones inherentes al puesto y aquellos que se otorgan de forma simbólica por lo cual no son equiparables a un empleo.
Estos últimos son conocidos como cargos “honoríficos” u “honorarios”, lo cual implica que quien los ocupa sólo ostenta de forma simbólica los atributos correspondientes al mismo pero no es formalmente quien desarrolla las funciones y, por lo tanto, no “trabaja” para la institución respectiva.
Uno de los muchos cargos “honoríficos” que existen en la estructura del poder público en nuestro País es la Presidencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) —en sus vertientes municipal, estatal y nacional—, posición tradicionalmente ocupada por la esposa del Presidente de la República, el Gobernador del Estado o el Presidente Municipal respectivo.
Se trata, evidentemente, de una posición “diseñada” en una época en la cual se daba por descontado que los cargos ejecutivos fueran ocupados por representantes del sexo masculino y, en consecuencia, la cabeza del DIF correspondiera a la “primera dama”.
Hoy que las mujeres han irrumpido en la vida pública, la definición tradicional del cargo no se ajusta por completo a la realidad, pero de todas formas se sigue considerando un cargo reservado para mujeres.
La característica más importante del puesto —en términos estrictamente presupuestales— es que teóricamente no representa ninguna erogación, pues se trata de un cargo “honorífico”.
Sin embargo, de acuerdo con datos revelados por la Auditoría Superior del Estado, el hecho de ser “honoríficos” no impide que el Coahuila dichos cargos sean onerosos, al menos en 30 de los 38 municipios de la entidad.
Y es que, con excepción de quienes ocupan dicha posición en los municipios de Allende, Guerrero, Madero, Monclova, Ramos Arizpe, Saltillo, Sierra Mojada y Torreón, a todas las “primeras damas” coahuilenses les han sido asignados salarios como si fueran “empleadas” del municipio que gobierna su consorte o el familiar que les haya encomendado la tarea de encabezar el DIF.
¿Es jurídicamente válido que un cargo presuntamente “honorífico” se convierta en una carga presupuestal para los municipios? ¿Está debidamente regulada la asignación de emolumentos a las “primeras damas” o este acto constituye uno de los exceso que acostumbran los miembros de nuestra clase política?
Valdrá la pena que al respecto se pronuncien los miembros del Poder Legislativo y que instancias como la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas determinen si los casi nueve millones de pesos que a los coahuilenses nos costaron —sólo en 2014— las “primeras damas” constituyen o no un ejercicio indebido del presupuesto público.