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Bancos podrán ser acusados por violaciones a derechos humanos
Un tribunal federal abrió la puerta para que los cuentahabientes que sean víctimas de violaciones de derechos humanos por parte de las instituciones financieras puedan recurrir al juicio de amparo.
El fallo emitido por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Ciudad de México es novedoso y derivó de una demanda de garantías promovida por Armando “N” y Luis Antonio “N”, a quienes se les bloquearon sus cuentas sin que existiera orden de la Unidad de Inteligencia Financiera, de la Secretaría de Hacienda, ni de otra autoridad, además de que dicha medida se ocultó a la autoridad por más de 10 meses.
Por mayoría de votos, los magistrados Jorge Arturo Camero y Alfredo Enrique Báez, con voto en contra de Óscar Fernando Hernández, señalaron que las relaciones establecidas entre las instituciones bancarias y los particulares, sean cuentahabientes o no, “resultan innegablemente desiguales”.
La Ley de Instituciones de Crédito permite que los bancos puedan restringir hasta por 15 días hábiles la disposición de recursos, cuando deriven de movimientos atípicos o no sean reconocidos por los titulares de las cuentas de origen, a fin de realizar las investigaciones y las consultas que sean necesarias; asimismo, aprueba que el banco pueda prorrogar el plazo hasta por 10 días hábiles más, siempre y cuando se haya dado vista a la autoridad competente sobre probables hechos ilícitos.
Y ADEMÁS DETALLES DEL CASO
BBVA Bancomer emitió un oficio el 31 de mayo de 2018 dirigido al responsable del SPEI de HSBC, a través del cual solicitó su intervención para efectuar el bloqueo y retención del monto de dos cuentas, cada una con 3 millones de pesos al creer que se trataba de un fraude.