Arbitraje judicial: certeza para todos

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Arbitraje judicial: certeza para todos

Que las decisiones de la autoridad -cualquiera que ésta sea- se sometan al arbitrio de los tribunales constituye el mecanismo idóneo para garantizar que tales decisiones respeten los derechos de los ciudadanos y, además, se ubiquen dentro del límite que las normas establecen a su actuación.

Y si la decisión controvertida es una norma emitida por el Poder Legislativo, el arbitrio judicial es aún más importante porque se trata de un acto que impacta de forma generalizada a los miembros de la comunidad.

En este sentido, que un individuo, un grupo o una empresa decidan recurrir a la justicia federal para controvertir la expedición de una norma jurídica es un acto que debe ser visto con simpatía porque la determinación judicial tiene la virtud de ofrecer certeza para todos.

¿La norma respeta los límites constitucionales a los cuales debe sujetarse toda regla legal? ¿Excedieron los representantes populares sus facultades a la hora de permitir, prohibir, proteger o proscribir una conducta? ¿El trámite legislativo para que la norma existiera fue seguido de forma escrupulosa?

Tales preguntas -legítimas en una democracia- obtienen respuesta en la sentencia que el Poder Judicial de la Federación emite al pronunciarse sobre los recursos interpuestos por quienes se sienten agraviados por la actuación de la autoridad.

El comentario viene al caso a propósito de la polémica avivada ayer al conocerse sobre la suspensión provisional otorgada por un juez federal a un grupo de aficionados a la tauromaquia, quienes se ampararon en contra de la norma estatal -recién emitida por el Congreso de Coahuila- que prohíbe la realización de corridas de toros en la entidad.

Uno y otro bando fijaron posición ayer y lo hicieron como era de esperarse: ofreciendo visiones antagónicas respecto del significado de que un juez federal ordenara suspender provisionalmente la aplicación de la referida regla.

La polémica será zanjada en definitiva cuando el fondo del amparo sea resuelto y se diga quién tiene la razón. Si se confirma la validez de la norma quedará claro en definitiva que no existe derecho de realizar espectáculos en los cuales se sacrifica a un animal, tal como ocurre en las corridas de toros; si se falla en contra de la regla quedará claro que, por mucho que existan detractores de la denominada “fiesta brava”, su realización no puede ser considerado motivo de agravio.

Más allá de las preferencias que cada quien tenga al respecto, todos debemos saludar el hecho de que la disputa sea resuelta por los cauces institucionales y que ello implique el compromiso de las partes por someterse al fallo judicial.

La certeza jurídica constituye uno de los valores más importantes de las sociedades democráticas y la certeza está integrada en buena medida por la seguridad de que las autoridades no actúan en forma arbitraria. Y eso es lo que un amparo nos ofrece: la certeza de que la autoridad está actuando de conformidad con las normas que regulan su actuación.