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Aprueban reformas a favor de las mujeres en Coahuila
Como una medida de protección a los derechos humanos de las mujeres de Coahuila, el Congreso aprobó ayer por unanimidad el incremento en las penas de hasta nueve delitos contemplados en el Código Penal de Coahuila, así como cambios a la Ley para la Familia de Coahuila en materia de derechos patrimoniales, civiles, entre otros.
“Es el resultado de un gran trabajo legislativo porque son modificaciones que van a dar mayor certeza a las mujeres y sus derechos. Se revisaron tratados internacionales, leyes generales, cambios que se habían hecho en otros lados y se pueden aplicar aquí que van desde incremento en las penas de algunos delitos hasta cuestiones entre padres y sus hijos”, comentó la diputada Irma Leticia Castaño.
Con la nueva disposición, los delitos de matricidio, filicidio, uxoricido, fratricidio y otros por relación de parentesco o relación, que son castigados con prisión de entre 7 y 30 años, se equipararán con el feminicidio, es decir con hasta 50 años cuando hayan sido cometidos por razón de género.
También se adicionó el artículo 400 Bis 1 relativo al hostigamiento sexual, que será castigado con prisión de 2 a 7 años y multa a quien realice una conducta verbal y/o física relacionadas a la sexualidad con connotación lasciva que cause daño o sufrimiento psicológico que lesione la dignidad de la persona agredida.
Por otro lado, se modificó el artículo 62 de la Ley para la Familia, por lo que ahora cuando la hija o hijo nazcan de un hombre casado y una persona soltera distinta a la cónyuge, podrán acudir de forma conjunta a reconocerle ante él o la Oficial del Registro Civil. La madre no podrá desconocer a su hija o hijo bajo ninguna circunstancia.
El artículo 63 ahora señalará que cuando la hija o hijo nazcan de una mujer casada con persona distinta al cónyuge, podrán acudir de forma conjunta a reconocerle ante él o la Oficial del Registro Civil.
Se modificó el artículo 163 para que la violencia física, psicológica, sexual, patrimonial y económica sean causa de nulidad de matrimonio cuando la violencia ejercida ponga en riesgo la vida del cónyuge, cuando sea en contra del mismo o sus ascendientes, descendientes o demás parientes y que haya subsistido al celebrarse el matrimonio.
“Consideramos de gran importancia que estemos en un constante proceso de armonización legislativa, con el fin de actualizar y unificar nuestra legislación con el marco jurídico vigente del país, atendiendo a los ordenamientos federales y a los instrumentos internacionales en temas significativos, como son los derechos humanos y perspectiva de género”.
DELITOS QUE SE MODIFICARON:
> Inseminación Artificial Indebida.
> Delito contra la Dignidad e Igualdad de las Personas.
> Esterilidad provocada.
> Violación; Rapto; Estupro; Abuso sexual; Acoso sexual; Hostigamiento sexual.