Aprobar la objeción de conciencia en Nuevo León podría impedir derecho a la salud: Conapred
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Aprobar la objeción de conciencia en Nuevo León podría impedir derecho a la salud: Conapred
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) alertó sobre la posibilidad de que la reforma al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, con la que se aprueba la objeción de conciencia para que el personal médico y de enfermería pueda abstenerse de realizar ciertos procedimientos médicos, “se convierta en un impedimento para que todas las personas ejerzan plenamente su derecho a la salud”.
En un comunicado, el Conapred destacó que la objeción de conciencia “no debe conducir, de ninguna manera, a que el estado de Nuevo León deje de prestar servicios médicos a la ciudadanía”, sobre todo si esta práctica pudiera estar motivada por alguno de los supuestos que señala la ley como discriminatorios.
Según la reforma, si algún procedimiento va en contra de los valores de un prestador de servicios de salud, podrá negarse a realizarlo, como puede ser con practicar un aborto o alguna otra actividad que no sea acorde a su pensamiento, incluso atender a integrantes de la comunidad conformada por lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales.
El Conapred recordó a las autoridades estatales que es su responsabilidad que existan prestadores de servicios en suficiencia para que se realicen los procedimientos médicos a los que las personas tienen derecho, así como tomar las precauciones necesarias para garantizar la permanencia, constancia y calidad de los servicios médicos a los que está obligado.
Hizo un exhorto a todas las autoridades e instituciones públicas a que tengan presente la obligación constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.