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Ahora sí, indígenas serán representados
CDMX.- Estas serán las primeras elecciones en que al menos 13 curules en la Cámara de Diputados están asegurados para las comunidades indígenas. La medida, aunque histórica, sigue siendo insuficiente: en México el 21.5 por ciento de la población es indígena. Si esta proporción se traslada a los 300 diputados federales de mayoría relativa, significaría que se requerirían una representación de 64 diputados indígenas.
En 2005, el INE dividió el País en 300 distritos para cumplir con la reforma constitucional de 2001, que ordena tomar en cuenta la ubicación de las comunidades indígenas para asegurar su participación política.
La reforma impulsó la unificación del voto de estas comunidades, y para materializarlo la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) determinó que se debían observar los municipios conformados con un 40 por ciento de población indígena para cumplir con la representatividad. Así se definieron los 28 distritos indígenas: cinco en Chiapas, dos en Guerrero, dos en Hidalgo, siete en Oaxaca, cuatro en Puebla, uno en Quintana Roo, uno en San Luis Potosí, tres en Veracruz y tres en Yucatán.
No obstante, el INE estableció para el proceso electoral 2018 que al menos en 12 distritos –en lugar de los 28– los partidos postularan candidatos indígenas. Finalmente, gracias a una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) subieron a 13 distritos.
La disposición oficial todavía no cumple ni con la representatividad por número de indígenas, ni con la medida constitucional de la redistritación para que 28 distritos indígenas estén debidamente representados.
Juan Carlos Martínez, experto en materia electoral y derechos indígenas, señala: “La CDI determinó que cuando hubiera 40 por ciento de población indígena en un municipio ya lo hacía indígena por una cuestión de representación. Ahora el INE de manera discrecional, sin tener criterios claros del por qué, aumenta a 61 por ciento de la población reconocida como indígena para que pueda ser elegida (...) es discrecional e ilógico”.
La medida obliga a las comunidades a tener una mayoría indígena absoluta “para tener voz en las instancias de representación, lo cual es contradictorio”, advierte Martínez.