Tribunal de la UE anula la decisión de Bruselas de reclamar 250 mdd a Amazon

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Tribunal de la UE anula la decisión de Bruselas de reclamar 250 mdd a Amazon

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) anuló la decisión de la Comisión Europea de ordenar a Luxemburgo la recuperación de 250 millones de euros que, según la UE Amazon debería haber pagado en impuestos.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) dio la razón a Luxemburgo y anuló la decisión de la Comisión Europea (CE) de ordenar al país la recuperación de 250 millones de euros que, según Bruselas, Amazon debería haber pagado en impuestos.

La Corte, con sede en Luxemburgo, dictaminó que no existe una ventaja selectiva en favor de la filial luxemburguesa del grupo estadounidense de comercio electrónico Amazon y anuló la decisión de la Comisión por la que se declaró la ayuda incompatible con el mercado interior.

El Tribunal cree que la Comisión no demostró de manera suficiente que hubiera habido una reducción indebida de la carga fiscal de una filial europea del grupo Amazon.

 

ORIGEN DEL LITIGIO 

 

El caso se remonta a 2006, cuando el grupo Amazon continuó sus actividades en Europa a través de dos sociedades establecidas en Luxemburgo: Amazon Europe Holding Technologies (LuxSCS), cuyos socios eran entidades americanas del grupo Amazon, y Amazon EU Sàrl (LuxOpCo), filial íntegramente controlada por LuxSCS.

Entre 2006 y 2014, LuxSCS era la sociedad titular de los activos necesarios para las actividades del grupo Amazon en Europa, y celebró diferentes acuerdos de licencia y cesión de derechos de propiedad intelectual con entidades americanas del grupo Amazon.

Mediante esos acuerdos LuxSCS había obtenido el derecho a explotar determinados derechos de propiedad intelectual que tenían por objeto la tecnología, los datos de clientes y las marcas, así como el derecho a sublicenciar los activos intangibles.

LuxSCS celebró un acuerdo de licencia con LuxOpCo, como operador principal de las actividades comerciales del grupo Amazon en Europa.

En virtud de ese acuerdo, LuxOpCO se comprometía a pagar un canon a LuxSCS a cambio del uso de los activos intangibles.

En noviembre de 2003 las autoridades tributarias luxemburguesas concedieron a Amazon una decisión tributaria anticipativa que tenía por objeto obtener una confirmación del tratamiento que se daría a LuxOpCo y a LuxSCS a efectos del impuesto luxemburgués sobre la renta de las sociedades.

La decisión anticipativa confirmaba, por una parte, que LuxSCS no estaba sujeta al impuesto luxemburgués sobre la renta de las sociedades debido a su forma societaria y aprobaba, por otra parte, el método de cálculo del importe del canon anual adeudado por LuxOpCo a LuxSCS en concepto del acuerdo de licencia.

 

DECISIÓN DE BRUSELAS 

 

En 2017, la Comisión Europea consideró que esa decisión anticipativa, así como su aplicación anual entre 2006 y 2014, constituían una ayuda de Estado y una ayuda de funcionamiento incompatible con el mercado interior.

Bruselas concluyó que existía una ventaja para LuxOpCo considerando que el canon adeudado por LuxOpCo a LuxSCS era demasiado elevado, de manera que la remuneración de LuxOpCo y su base imponible habían resultado artificialmente disminuidas.

Luxemburgo y el grupo Amazon presentaron sendos recursos de anulación contra esta decisión, impugnando cada una de las constataciones en las que se basaba el razonamiento de la Comisión en relación con la ventaja.

En su sentencia de este miércoles el Tribunal General estima los motivos y alegaciones de Luxemburgo y Amazon, y anula la decisión de Bruselas.

Los jueces declaran que la constatación principal de la ventaja hecha por Bruselas se basa en un análisis erróneo por varias razones.

La Comisión no llegó a demostrar la existencia de una ventaja, según el Tribunal General, ante cuyas decisiones cabe apelación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Además, el Tribunal también cree que la Comisión erró en su evaluación sobre la remuneración que LuxSCS podía obtener por el mantenimiento de la propiedad de los activos intangibles.

Por estas razones, la Corte concluye que ninguna de las constataciones expuestas por la Comisión bastan para demostrar la existencia de una ventaja, de modo que procede anular la decisión en su totalidad. 

 

REACCIONES 

 

Luxemburgo acogió favorablemente la decisión del tribunal e indicó que confirma que el trato fiscal a esa empresa "no constituye una ayuda de Estado", dijo el Ejecutivo luxemburgués en un comunicado.

Por su parte, el grupo Amazon valoró la decisión del Tribunal, "que respalda el argumento que siempre hemos mantenido: Amazon cumple con todas las leyes aplicables y no hemos recibido ningún trato especial".

"Estudiaremos con atención la sentencia y reflexionaremos sobre posibles nuevos pasos", dijo, por su parte, la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager.

El Partido Popular europeo (PPE) consideró "vergonzoso" el revés sufrido por la Comisión.

"A veces, la comisaria de Competencia haría bien en contener su entusiasmo por los titulares políticos llamativos y, en cambio, preparar sus casos más a fondo para que puedan presentarse en un tribunal de justicia", señaló el PPE en un comunicado. 

Por parte de los Verdes europeos el vicepresidente del grupo Verdes/ALE y eurodiputado de En Comú Podem, Ernest Urtasun, dijo que el fallo "es un enorme revés en la lucha contra el dumping fiscal en Europa, que se suma al de casos como el de Apple en Irlanda o Starbucks en los Países Bajos". 

Para Urtasun, las normas sobre ayudas estatales de la UE "son totalmente insuficientes para abordar el problema de la evasión fiscal de las grandes multinacionales”.