Elecciones 2021: ¿Cuáles son las penas por los delitos electorales?
En una gama muy amplia de delitos electorales pueden incurrir, ya sea los ciudadanos en general, como los funcionarios partidistas, públicos y electorales; notarios, los propios candidatos y candidatas e, incluso, ministros de cultos religiosos, entre otros.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales contempla diversas penas, de acuerdo a quien sea que cometa la conducta delictiva.
La legislación contempla de seis meses a tres años de prisión al ciudadano que, por ejemplo, realice proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes.
También si organiza una reunión o el transporte de votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto.
Por ejemplo, si se trata de un funcionario electoral, se impondrá prisión de dos a seis años, si altera en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga un uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores; o altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales.
En el caso de un funcionario partidista, éste podría alcanzar prisión de dos a seis años, en caso de cometer conductas como ejercer presión o induzca a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma.
También si obstaculiza el desarrollo normal de la votación o divulga, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados.
Un servidor público alcanzaría prisión de dos a nueve años si coacciona o amenaza a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
O si condiciona la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.
La legislación señala que se impondrán de cien hasta quinientos días multa a los ministros de culto religioso que, en el desarrollo de actos propios de su ministerio, o a quien en el ejercicio del culto religioso, presionen el sentido del voto o induzcan expresamente al electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.
A los notarios públicos se impondrán de cien hasta quinientos días multa si, estando obligado, se niegue injustificadamente a dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección
LOS DELITOS ELECTORALES…
El ciudadano puede denunciar a quien:
*Se apodere, destruya, altere, posea, comercialice o suministre credenciales de elector, listado nominal, actas y paquetes electorales
*Solicite votos a cambio de dinero
*Entorpezca el desarrollo de las votaciones
*Solicite evidencia respecto al sentido de su voto a través de fotos o con una declaración firmada
*Vote a sabiendas que no cumple con los requisitos de ley
*Se presente a votar con una credencial de elector que no le corresponde
*Acarree votantes el día de la jornada electoral con la finalidad de influir en el sentido del voto
*Vote o intente votar más de una vez en una misma elección
*Obstaculice el traslado y la entrega de paquetes y documentos públicos electorales
*Altere el Registro Federal Electoral (turismo electoral) ejemplo: falsos cambios de domicilio para votar en otro municipio, distrito o estado.
Además de los ciudadanos en general, son susceptibles de cometer delitos electorales los:
*Organizadores(as) de campaña
*Candidatos(as) Precandidatos(as)
*Funcionarios(as) electorales
*Funcionarios (as) partidistas
*Ministros de culto religioso
*Servidores(as) públicos(as)
*Fedatarios(as) públicos(as)