Si tu patrón o empresa no te paga aguinaldo, éstas son las multas

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Si tu patrón o empresa no te paga aguinaldo, éstas son las multas

Foto: Especial
En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa

Ciudad de México.- El 20 de diciembre es la fecha límite para el pago del aguinaldo a los trabajadores, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87, un beneficio para los empleados que en caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado. 

"La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma", advierte. 
El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo.

Si el patrón no acata la ley, entonces será acreedor a una sanción de 50 a 500 veces UMA, cuyo valor actual es de 86.88 pesos mexicanos.

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores. Todas las personas trabajadoras tendrán recibirlo cada año antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo o el pago proporcional laborado.

¿Qué es la Unidad de Medida y Actualización (UMA)?

La UMA refiere a la unidad de medida o referencia económica en pesos para calcular el pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales de los estados. Esta unidad de medida surgió en el 2016 para aplicarles en ciertos pagos con el objetivo de que no afectara el salario mínimo.

Ante cualquier duda relacionada con el pago de este derecho la Profedet ofrece los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.

Los números telefónicos de Profedet son: 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000 extensiones 44740 y 44741, o si lo prefieres, puedes enviar tus dudas al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx