Sobre las reformas a la Constitución local. ¿Por qué no es bueno ni conveniente tantas reformas, adiciones y derogaciones? (I)
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Sobre las reformas a la Constitución local. ¿Por qué no es bueno ni conveniente tantas reformas, adiciones y derogaciones? (I)
Antes de la era digital, que vino a cambiar todo o casi todo, a los extranjeros tratadistas del Derecho les llamaba mucho la atención que en nuestro País se vendieran ediciones de la Constitución —como aquella famosa de Andrade— en la modalidad de “hojas sustituibles”. No podían creer, les parecía inimaginable que una Carta Magna fuera objeto de tan numerosas y frecuentes modificaciones, que hiciera necesaria esa forma de editarla, para tener siempre a la mano su texto actualizado.
Salvo el párrafo anterior, no me voy a referir aquí a la Constitución federal. Cada 5 de febrero, aniversario de su promulgación, nunca falta algún acucioso investigador que nos informa sobre la cantidad de reformas de que ha sido objeto nuestra Constitución desde 1917 a la fecha, que ya anda en alrededor de 700, y el número de palabras que comprende en comparación con las que tenía al aprobarse en Querétaro, número que ahora es casi cinco veces mayor, así como los poquísimos artículos —ya sólo unos cuantos— que conservan su redacción original.
No, más bien me voy a referir aquí y en las siguientes entregas a la vigente Constitución local de Coahuila. Pero antes vale la pena preguntarse si es bueno o es malo que una Constitución se modifique tan a menudo. En general, los estudiosos del derecho constitucional consideran que no es sano ni envía buenas señales una Constitución Política a la que se hace necesario meter muy seguido “al taller de reparaciones”.
No puedo menos que recordar aquí cuando, la primera vez que fui diputado local, en la XLIX (49) Legislatura, hace casi 40 años, dije en la tribuna del Congreso que la nuestra era “una Constitución muy parchada”. Un diputado priista ya fallecido, presidente de la entonces llamada Gran Comisión, el profesor Félix Campos Corona, se indignó sobremanera, literalmente montó en cólera por lo que dije. No asimiló la aplicación de una expresión metafórica a una realidad evidente. Como quiera, eran otros tiempos.
¿Por qué no es bueno ni conveniente que una Constitución Política esté sometida a constantes reformas, adiciones y derogaciones? Son varias las razones, que lamentablemente no es posible abordar aquí. Pero una sola es suficiente: una Ley Fundamental muy cambiante, pero que además de cambiante tiene un proceso legislativo que favorece sus frecuentes mutaciones, genera inseguridad jurídica. Y pocas cosas hay peor en una sociedad que ésta perciba que con mucha frecuencia y, peor aún, en cualquier momento pueden cambiar —y hasta cambiar radicalmente— las normas fundamentales que rigen la convivencia social.
La Constitución de Coahuila, vigente desde el 19 de febrero de 1918, ha seguido en cuanto a su maleabilidad un camino muy parecido al de la Federal, aunque con una variante muy significativa. En sus primeras nueve décadas guardó notoria distancia de esa práctica viciosa, pero ésta se aceleró —y aun se superó— en los doce años en que fueron gobernadores los hermanos Humberto y Rubén Moreira. Veamos, en dos rápidas pinceladas, cómo ha sido el comportamiento reformista en el poco más de un siglo (102 años) que lleva de estar vigente la Constitución Política de Coahuila:
Desde 1918 y hasta la llegada del primer Moreira a la gubernatura, en 2005, la Constitución local de Coahuila sufrió 459 modificaciones hechas mediante 52 decretos expedidos por el llamado Constituyente Permanente local. Y en la docena de años del tándem Moreira, incluido el interinato de 11 meses de uno de sus secuaces, hoy por cierto en la cárcel, las enmiendas a la Carta Magna del estado sumaron 420, realizadas a través de 61 decretos. Es decir, los cambios constitucionales fueron prácticamente los mismos en una docena de años —de 2005 a 2017— que en los 87 años previos. ¿Por qué? Veremos más sobre el punto en siguientes artículos.