Puede 4T vender avión, pero requiere hacer ajustes de ley: La aeronave fue totalmente pagada a Boeing

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Puede 4T vender avión, pero requiere hacer ajustes de ley: La aeronave fue totalmente pagada a Boeing

Especial
Primero deberá la Sedena liquidar o condonar una deuda con Banobras

CDMX.- El presidente Andrés Manuel López Obrador tiene la libertad de vender, alquilar o rifar el avión presidencial, pues el gobierno pagó la totalidad de la aeronave al fabricante Boeing en junio de 2014. En 2012, Banobras adquirió el Boeing 787-8, dio un anticipo de 40 millones de dólares en noviembre de ese año y un primer pago parcial por 22 millones en junio de 2013.

Después se liquidó el avión por 65 millones 348 mil 857 dólares en junio de 2014. En total a Boeing se le pagaron 127 millones 348 mil 857 dólares por el avión y un paquete de refacciones a bordo, de acuerdo con el contrato de arrendamiento financiero del 1 de noviembre de 2012.

Al adquirir el avión, Banobras se lo arrendó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para que fuera la responsable de operarlo, asegurarlo y darle el mantenimiento. Este arrendamiento se fijó a un plazo de 15 años y concluye en 2027.

Incluso en el sexenio pasado, la Sedena tuvo una partida presupuestaria cada año de cerca de 417 millones de pesos para pagar la renta del avión, por lo tanto, se trata de una deuda entre instituciones de gobierno y se puede liquidar o condonar en cualquier momento.

El arrendamiento financiero entre Banobras y la Sedena fue por 3 mil 332 millones 971 mil 365 pesos, “pudiendo diferir por ajustes en los conceptos que lo integran”, señala el contrato.

Si la posible rifa del avión es exitosa, con los 6 millones de boletos a 500 pesos cada uno se puede liquidar el alquiler con Banobras. Sin embargo, el gobierno utilizará el dinero para comprar equipo médico y ambulancias.

INCONVENIENTES DE LA RIFA

La propuesta de rifar la aeronave no cumple con la Ley General de Bienes Nacionales. Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas, explicó que al tratarse de un bien propiedad de la nación, su venta o liquidación tiene que cumplir con lo que marca esta legislación.

“Hay un procedimiento específico para la desincorporación de bienes de la nación dentro del que no se contempla una rifa. Lo más próximo sería una subasta después de un procedimiento y avalúo por parte del Indaabin”, señaló.

Además, la Ley Orgánica de la Lotería Nacional determina que sólo se pueden dar premios en efectivo. Fernando Gómez, analista en Aeropuertos y Aviación, expuso que el esquema del cachito de la Lotería es inviable porque los números se emiten por series, entonces se tendría que arreglar que fuera un número unitario el ganador total de la unidad.