Congreso de Coahuila aprueba reforma al Código Penal; los ciudadanos pueden matar a quien irrumpa ilegalmente en su casa

Usted está aquí

Congreso de Coahuila aprueba reforma al Código Penal; los ciudadanos pueden matar a quien irrumpa ilegalmente en su casa

Especial
Tendrá que acreditarse que el presunto responsable invadió ilegalmente una propiedad

El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal para ampliar la figura de legítima defensa, para que los coahuilenses puedan matar a alguna persona que irrumpa ilegalmente en su casa o en su negocio con la intención de causar daño.

Sin embargo, el ciudadano que defienda su patrimonio y/o su integridad física o de su familia tendrá que acreditar que el presunto responsable invadió en forma ilícita la propiedad y tuvo la intención de dañar al morador, a su familia o a sus bienes.

El Congreso estatal aprobó ayer la reforma al artículo 57 del Código Penal del Estado, a propuesta del diputado Juan Carlos Guerra, quien sostuvo su iniciativa en la necesidad de que los coahuilenses cuenten con leyes que les garanticen defender su vida ante la delincuencia.

La figura de la legítima defensa privilegiada ya existía, pero sólo amparaba cuando se causaba un daño a una tercera persona, por lo que ahora se agrega que también se acredite la defensa propia cuando se cause una lesión o se prive de la vida a un tercero.

“Se considerará que obra en defensa legítima privilegiada, quien cause cualquier daño, lesión o prive de la vida a un extraño, siempre y cuando éste sin motivo lícito realice una conducta, o emplee un medio físico o porte un arma, que involucren un peligro para la vida o la integridad corporal para quien causa el daño o para otra u otras personas del lugar donde el extraño penetra o intente penetrar”, señala ahora el artículo 57.

Para que sea legítima defensa se tiene que comprobar que hubo una invasión ilegal a un hogar o propiedad, que el presunto responsable tuvo la intención de causar un daño a la persona, su familia o sus bienes y que no demostró intenciones de huir o escapar del lugar.

“Es establecer de manera clara y precisa el derecho que asiste a la protección de los bienes que jurídicamente son protegidos, como la vida, el patrimonio y la seguridad, no es que se dé permiso para matar, si no reconocer el derecho que le asiste  a los ciudadanos a defenderse de un tercero para proteger los bienes jurídicamente tutelados”, dijo el diputado Guerra.

Por su parte, el secretario de Gobierno, José María Fraustro Siller, explicó que la modificación al Código Penal, para hacer válida la legítima defensa en Coahuila, parece extrema, pero obedece a un entorno de situaciones adversas de seguridad.

“Los diputados deben de haber justificado esa situación por la cual toman una decisión, que a veces se antoja que sea extrema, pero que tiene que ver mucho con la seguridad”, dijo.

PARA QUE SEA LEGAL

El Congreso local reformó el artículo 57 del Código Penal.

❙ Se tiene que comprobar que hubo una invasión ilegal a un hogar o propiedad.

❙  También se tiene que acreditar que el presunto responsable tuvo la intención de causar un daño a la persona, su familia o sus bienes.

❙ Se tiene que demostrar que el intruso no tuvo intención de huir o escapar del lugar.

Fuente: Congreso del Estado.

(Con información de Édgar González)