Incorporan a Ley de Alcoholes de Coahuila, la figura de chofer designado

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Incorporan a Ley de Alcoholes de Coahuila, la figura de chofer designado

Especial
El Congreso del Estado aprobó ayer la reforma de cuatro artículos de la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en el Estado, con el objetivo de implementar la figura de conductor designado, ante el incremento de accidentes viales ocasionados por personas que conducen después de consumir bebidas alcohólicas

Los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas para consumo inmediato en Coahuila, deberán de impulsar la concientización y la práctica del conductor designado, a quien tendrán que ofrecer beneficios para permanecer en el comercio con el consumo libre de bebidas no alcohólicas.

El Congreso del Estado aprobó ayer la reforma de cuatro artículos de la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en el Estado, con el objetivo de implementar la figura de conductor designado, ante el incremento de accidentes viales ocasionados por personas que conducen después de consumir bebidas alcohólicas.

“Consideramos que se requiere de una acción contundente, que permita coadyuvar a la preservación de la seguridad pública, es por ello que consideramos que esta iniciativa incorporará una acción eficaz que se verá traducida en una disminución de los accidentes de tránsito y al mismo tiempo evitar el aumento en el riesgo de accidentes”, concluyó la comisión dictaminadora sobre la propuesta, que es de la autoría del diputado Jaime Bueno.

 

Además de incorporar la figura de conductor designado al citado ordenamiento, que se traduce como la persona libre de alcohol, designada para conducir un vehículo con el propósito de transportar a una u otras personas que hayan consumido bebidas alcohólicas, también se incorporaron acciones que tendrán que seguir los establecimientos para cumplir con la figura.

“Los propietarios de establecimientos donde se expenden bebidas alcohólicas para su consumo inmediato, impulsarán la práctica del conductor designado, ofreciéndole en la medida de sus posibilidades beneficios para quien permanezca en el establecimiento, como el consumo libre de bebidas no alcohólicas”, señalará el artículo 6.

Asimismo, en esos establecimientos exhortarán a los consumidores a no manejar bajo el influjo de bebidas alcohólicas y deberán contar con un alcoholímetro y en el caso en el que observe a personas notoriamente alcoholizadas, deberá ofrecerle llamar un servicio de transporte particular.

EL DESIGNADO

El Congreso del Estado aprobó reformar cuatro artículos de la Ley de Alcoholes.

Es la persona libre de alcohol designada para trasladar a otras que hayan consumido bebidas embriagantes.

Los dueños de lugares donde se expenden bebidas, estarán obligados a ofrecer beneficios al conductor designado.

Deberán orientar y exhortar a los consumidores a no manejar bajo el influjo de bebidas.

Debe haber alcoholímetro en esos negocios.

Si alguien está alcoholizado, se ofrecerá servicio de transporte invitándolo a no conducir ebrio.