Extraño ‘punto de acuerdo’ priista

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Extraño ‘punto de acuerdo’ priista

Dos veces al año, durante los meses de enero-febrero y julio-agosto, el Congreso del Estado de Coahuila está en receso. Queda en ambos casos al frente del Poder Legislativo local un órgano de mero trámite integrado por 11 diputados denominado Diputación Permanente, que naturalmente carece de facultades para expedir leyes y decretos.

Si durante cualquiera de los recesos se presenta alguna urgencia legislativa, el Pleno del Congreso puede ser convocado a periodo extraordinario. Se requiere para ello la aprobación de las dos terceras partes de la Diputación Permanente. En tal caso, “sólo podrán tratarse aquellos asuntos que se indiquen en la convocatoria respectiva”, según dispone el artículo 218 de la Ley Orgánica del Congreso (LOC).

Ocurrió que la Diputación Permanente convocó a un periodo extraordinario de dos sesiones, ambos a celebrarse el pasado jueves 18 de julio. Básicamente fue para desahogar dos iniciativas de reformas al Código Electoral del Estado, con motivo de que el año próximo habrá comicios para diputados locales y tales reformas, por disposición constitucional, sólo podían hacerse antes de que terminara julio. Se incluyeron en la convocatoria a este breve periodo extraordinario otros asuntos de menor relevancia.

Pero sucedió que, al llevarse a cabo el periodo extraordinario, en el orden del día apareció un asunto propuesto por los diputados priistas no incluido originalmente en la convocatoria. Extrañamente le dieron el carácter de “Punto de Acuerdo” y no de Decreto, como en apariencia y bien formulado debió tener. Se trata de un asunto importante, como veremos. Objeté su inclusión, así nada más sin mayor trámite, y tuvieron que acudir a la solución prevista por la LOC de votar por mayoría calificada la incorporación de tal asunto a la orden del día, como fue, excepto mi voto no aprobatorio.

El punto de acuerdo fue para “exhortar de la manera más respetuosa” al Gobernador del estado “a que analice la posibilidad de suscribir un convenio de reconocimiento de adeudos y forma de pago de las cuotas y aportaciones omitidas al ISSSTE por el Gobierno del estado y servicios de salud de Coahuila”. Ninguna mención se hace de la cantidad o monto de tales adeudos. Tampoco se dijo durante el debate, si así se puede llamar a mi intervención en contra sin que nadie haya hablado a favor. Es decir, el silencio priista por respuesta. No argumentos, no razones. Nada. Verdaderamente algo patético y vergonzoso.

Un primer aspecto raro, extraño, sorprendente de este punto de acuerdo es que sólo sea para “exhortar respetuosamente” al señor Gobernador a que “analice la posibilidad” de suscribir un convenio de pagos con el ISSSTE a iniciativa de los diputados de su propio partido. ¿No pudieron haberle hecho los legisladores ese “exhorto respetuoso” en confianza, en alguna comida o en una simple reunión con él, por ejemplo? ¿Por qué involucrar a todo el Congreso? La respuesta más adelante.

Insisto, la pieza legislativa aprobada, con el voto en contra de los nueve diputados de Acción Nacional, no fue para autorizar, aprobar, ratificar, confirmar o dar luz verde para negociar la celebración de un convenio de pagos por lo que se le adeuda al ISSSTE, sino simplemente para “analizar la posibilidad” de celebrarlo.

La clave sobre este asunto enseña la oreja en el resolutivo segundo del punto de acuerdo que ordena: “Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado”. ¿Cuándo se ha visto que un simple acuerdo, menos aún sólo para el efecto de exhortar al análisis de un asunto, requiera ser publicado en el órgano oficial del gobierno?

Procede por lo tanto examinar con detenimiento el caso. En los “considerandos” del documento presentado por los diputados priistas se dice que: “si bien se reconoce que en lo que va de la presente Administración Pública Estatal se han realizado los pagos enteros de las Cuotas, Aportaciones y Descuentos del ISSSTE, debe reconocerse que existía [existe] un rezago de los pagos que actualmente se están cubriendo, y cuyos periodos recaen en administraciones anteriores”.

En otro pasaje del documento se lee: “Tratándose del adeudo por parte del Gobierno del Estado, Municipios y de sus dependencias o entes públicos, hay que remitirse a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal Federal”.

¿Y qué es lo que establece el artículo 9 de la mencionada ley? Dispone que “las participaciones (en impuestos federales) que corresponden a las Entidades y los Municipios... podrán afectarse en garantía, como fuente de pago de obligaciones contraídas por las Entidades o los Municipios, o afectadas en ambas modalidades, con autorización de las legislaturas locales e inscritas en el Registro Público Único”.

Ahora sí apareció el peine. De lo que se trata es de firmar un Convenio de Pagos con el ISSSTE por el rezago que se tiene con éste, de las administraciones de ambos Moreira, y que la Secretaría de Hacienda descontará puntualmente cada mes de las participaciones federales que corresponden a Coahuila, para irle abonando al adeudo, cuyo monto ni siquiera conocemos.

Y muy probablemente el “Punto de Acuerdo” aprobado por el Congreso (con el voto en contra de los nueve diputados panistas, como ya se dijo), el gobierno de Coahuila lo pretenderá hacer pasar como la “autorización de la legislatura local” exigida por el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, de ahí que se haya ordenado su publicación en el Periodo Oficial.

De ser así, como todo parece indicar, hay que tener presente que no se informó al Congreso el monto de los adeudos pendientes, a qué años corresponden y su impacto en la deuda pública estatal, así como los demás datos que incluirá el Convenio. A este asunto hay que darle el debido seguimiento.

@jagarciavilla