Ajustes de plazo favorece a contribuyentes
La ampliación del plazo para devolución de saldos a favor permite a los contribuyentes corregir errores en su factura que los pudiera llevar a ser beneficiarios de una devolución de impuestos, que se extiende incluso para quienes no presentaron su declaración anual en tiempo y forma.
Oscar Torrecilla de Facturador.com, recordó que luego de que concluyó el periodo para que las personas físicas pudieran realizar su declaración anual, será en el lapso que corre hasta el 31 de julio cuando los contribuyentes puedan obtener una devolución automática en caso de contar con saldo a favor.
Con este ajuste de la fecha de reembolso tributario, incluso aquellas personas que no realizaron su declaración antes del pasado 30 de abril podrán recibir saldo a favor de forma automática poniéndose al corriente en sus trámites, sin considerar recargos por extemporaneidad y actualizaciones.
“Si realizaste tu declaración a tiempo, pero fue rechazada, aún puedes presentar una aclaración, aunque si persisten los problemas tendrás que solicitar la devolución por medio del Formato Electrónico de Devoluciones (FED)” explicó.
El primer paso que enumeró para solicitar una devolución es ingresar al Buzón Tributario y seleccionar la pestaña “Trámites” para luego dar clic en “Devoluciones y compensaciones”.
Una vez cumplidos estos dos pasos se puede seleccionar la casilla que indica “Solicitud de devolución”, y lo que sigue es validar los datos o realizar las modificaciones pertinentes en la pantalla que aparece.
A continuación es necesario elegir la opción “Origen de trámite” y luego “Tipo de trámite”, que en este caso sería el ISR y especificar el origen del saldo por el que se generó la cifra a favor; este puede ser por deducciones personales o exceso de retenciones.
Para la declaración anual es necesario ingresar la opción “del ejercicio” y luego el año correspondiente pero en todo momento es recomendable tener a la mano los datos de la declaración, monto de saldo a favor, clabe y carátula de la cuenta con RFC.
“Posiblemente requieras además adjuntar algunos archivos que solicite el SAT, si encuentra inconsistencias; estos pueden ser recibos de nómina, deducciones personales, etc. Al final se generará un resumen del formato que tendrás que validar con los archivos de tu firma electrónica del SAT” agregó.
Torrecillas recomendó contar con un adecuado manejo de las finanzas tributarias a través de herramientas digitales para facturar en línea o generar recibos de nómina e incluso obtener el servicio software de contabilidad que es como tener un contador en línea, lo cual permitirá tener un mayor control de los ingresos y así evitar engorrosos trámites.
El SAT informó que alrededor del 80% de las declaraciones anuales tuvieron saldo a favor, sin embargo, si una declaración presenta alguna irregularidad el contribuyente podría verse privado de este beneficio.