Líder de la Coparmex critica cambios a la Ley Federal del Trabajo

Usted está aquí

Líder de la Coparmex critica cambios a la Ley Federal del Trabajo

El dirigente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos Walther. Foto: Especial
De Hoyos se quejó de que a los trabajadores además se les quita con el artículo 390 Bis el derecho de señalar su voluntad de no ser representados en un sindicato, entre otras cuestiones

Ciudad de México. A través de 10 mensajes de Twitter, el dirigente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos Walther, criticó una docena de artículos de la Ley Federal del Trabajo que aprobó la Cámara de Diputados como parte de la reforma laboral y que van desde no castigar lo que llama “extorsiones” de líderes sindicales que realizan paros ilegales hasta que se permita que un contrato colectivo negociado entre una empresa y el líder sindical sea aprobado en asamblea.

A cada una de los señalamientos que hizo sobre los cambios aprobados por los diputados, el dirigente del sindicato patronal demandó que que el Senado de la República los quite, corrija o adicione algunos de los párrafos a los artículos 154, 371, 245 Bis, 390 y 390 Bis, 400 Bis, 784, 920, 927, 929, 937, 1007 Bis, los cuales etiquetó o colocó una frase de hashtag para convertirlos en tendencia.

Así, con el hashtag #CláusulaPor Matamoros, en alusión a las huelgas que estallaron en esa ciudad, la Coparmex indicó que la reforma laboral aprobada por los diputados “no establece penalidades para los líderes extorsionadores que establecen paros ilegales. El Senado Mexicano debe incluir un artículo 1007 Bis y sancionar esa conducta, cuidando la paz laboral”.

De Hoyos se quejó de que a los trabajadores además se les quita con el artículo 390 Bis el derecho de señalar su voluntad de no ser representados en un sindicato, por lo que exigió que la cámara alta corrija dicha limitación en la contratación por la que bautizó como #CláusulaDeSindicaciónForzosa.

Del artículo 400 Bis, referido a que el contrato colectivo acordado entre una empresa y el dirigente sindical debe ser aprobado en asamblea, argumentó que ese requerimiento no existe en Estados Unidos y lo calificó como #CláusuladelLíderPintado.

Foto: Especial

Sostuvo también que la Cámara de Diputados dejó a los sindicatos la decisión unilateral de estallar la huelga o diferir su fecha en las modificaciones que aprobaron a los artículos 927 y 390 Ter, lo cual etiquetó como #CláusulaDeFinta y pidió que la Cámara de Senadores corrija esto para que la prórroga se establezca de común acuerdo con las empresas.

Además, en los artículos 920 y 929 que el dirigente patronal etiquetó como #CláusuladelLíderTodoPodoroso se otorga la facultad al líder sindical de estallar la huelga, por lo que dijo que el Senado debe otorgar el control de esa decisión a la mayoría de los trabajadores y no al líder.

Advirtió que en el artículo 937 los diputados privaron a las empresas del derecho de pedir la calificación de una huelga estallada #CláusulaDeJusticiaRápida, y los senadores deben adecuarlo para evitar que huelgas injustificadas se prolonguen de forma interminable.

En cuanto al artículo 371, el dirigente de la Coparmex objetó que los diputados obligan a que el voto de cada trabajador además de personal, libre y secreto sea directo con lo que se elimina a los delegados, lo cual considera que es una “restricción a la vida sindical” por ser una #CláusulaAntiDelegados.

Sobre la aprobación del artículo 784al que etiquetó como # CláusulaDeLaPruebaImposible, señaló que los diputados obligan al empleador a probar que no despidió a un trabajador aún cuando este haya renunciado, por lo que demandó que el Senado lo elimine.

También se quejó que con el artículo 245 Bis los diputados sugieren que existan varios contratos colectivos para una sola empresa y consideró que debe ser adecuado por los senadores para que cada empresa cuenta el mismo contrato, aplicable a todos sus trabajadores en lugar de lo que llamó #CláusulaSindicatitos.

Denunció que hay una#CláusulaAntiLibertad porque en el artículo 154 de la iniciativa de reforma de la LFT se establece la cláusula de exclusión por ingreso, así que el Senado debe garantizar que la contratación de un trabajador “no se condicione jamás a su afiliación al sindicato”.