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Congelan cuentas de empresario acusado de fraude por trabajos en NAIM
Un ciudadano consiguió, a través de su asesor jurídico, que el Poder Judicial ordenara que se congelaran las cuentas de un empresario al que acusa del fraude de más de tres millones de pesos por trabajos de construcción del proyecto del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM), ya que la procuraduría capitalina optó por no solicitar el aseguramiento.
La relevancia del caso radica en que el Ministerio Público se negó a solicitar al juez de control la medida precautoria de embargo con el argumento de que “no tenía elementos para sustentarlo”, por lo que el asesor jurídico de denunciante hizo la petición de manera directa.
En primera instancia, la solicitud fue negada por el juzgador debido a la decisión de la Fiscalía de Delitos Financieros de no presentar pruebas para defender los derechos de la probable víctima.
Ante esta situación, el asesor jurídico Luis Miguel Campos Guzmán apeló la decisión del juzgador y el caso fue resuelto de manera favorablemente para su representado por la Segunda Sala Penal.
Los magistrados avalaron los datos de prueba que presentó Campos, lo que derivó en el ordenamiento a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para asegurar las cuentas del acusado.
Desecharon los argumentos del juez y resolvieron a favor de la parte ofendida, quien acusó al empresario Felipe Olvera Cárdenas de convencerlo de manera fraudulenta de invertir en trabajos de extracción de material de lo que sería el NAIM.
El nuevo sistema procesal penal acusatorio contempla la figura de “providencia precautoria”, la cual tiene como fin asegurar la reparación de daño a las víctimas mediante el aseguramiento de cuentas bancarias de personas físicas y morales, o en su caso de inversiones hasta por un plazo de 90 días.
Desde que entró en vigor el nuevo modelo penal en México en junio de 2016, esta es la primera ocasión que el Poder Judicial capitalino otorga dicha medida para garantizar que la víctima tendrá acceso a la justicia restaurativa.
En caso de que no haya recursos suficientes para garantizar el daño a la víctima, el abogado del demandante presentará cargos contra el agente del Ministerio Público que elaboró la carpeta de investigación “por omisiones y falta de probidad”.
En entrevista, Campos Guzmán comentó que desde la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal, ningún juez había otorgado una “providencia precautoria”.
Según el expediente, el acusado dijo a la víctima que había ganado una licitación para las empresas GTMX CARGO SA DE CV y Construcciones de Ferrelo SA de CV, para trabajos en el NAIM, pero argumentó que le faltaba capital y fue entonces que en 2017 convenció al inversionista en formar una sociedad y realizar un reparto equitativo de las ganancias.
La parte agraviada cumplió y entregó tres camiones nuevos de uso industrial y más de un millón 800 mil pesos en efectivo, lo que sumó más de 3 millones de pesos que Olvera Cárdenas recibió sin que se llevaran a cabo los trabajos y sin reportar ninguna ganancia para su supuesto “socio”.
“La determinación de los magistrados revela no sólo la ineficiencia del Ministerio Público de la Fiscalía de Delitos Financieros, sino la falta de probidad e imparcialidad con la ha actuado en la carpeta de investigación CI/FCH/CUH-6/UI-1S/D/2647/12-2017 presentada a finales de 2017.
“Hemos tenido información que se han inmovilizado cuentas en varios bancos y también de algunos fondos de inversión de los cuales al parecer el imputado tiene inversiones dentro de esas sociedades y esta garantía o inmovilización es solamente momentánea, puede durar hasta 90 días”, puntualizó Campos Guzmán.
Puntualizó que esta decisión revela que el juez ya está valorando que hay un hecho delictivo en esa carpeta de investigación, contrario a lo que el Ministerio Público argumentó para no profundizar la investigación.