Defiende AUAS el derecho al agua
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Defiende AUAS el derecho al agua
Sr. Armando Castilla Galindo
Director General
Periódico Vanguardia
Comunicado de la Asociación de Usuarios del Agua de Saltillo-AUAS, en respuesta a la carta del gerente de Aguas de Saltillo a VANGUARDIA, publicada el 2 de septiembre en la primera página de la sección “Mi Ciudad”
En la mencionada carta el gerente de Agsal, para justificar las acciones de la empresa paramunicipal, cita el artículo 86 de la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual indica que “si la mora en el pago es de 3 meses, se suspenderá totalmente el suministro de agua”.
Pero lo que pretende ignorar el Sr. Bosch es que:
a) Ninguna ley puede estar por encima de la Constitución y los tratados internacionales que ha firmado México.
b) La Constitución Mexicana, en el párrafo 6° del artículo 4°, adicionado el 8 de febrero de 2012, establece:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
c) El Estado mexicano tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos al agua y al saneamiento por haber firmado, el 28 de julio de 2010, la Resolución 64/292 la Asamblea General de las Naciones Unidas que los reconoce explícitamente.
Como lo indicó el relator de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos al agua y al saneamiento, señor Léo Heller, en su “Declaración de final de misión” a México, el 12 de mayo pasado (disponible en
http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/20170512_REagua_InformePreliminar_...):
“…fui informado de que se permite que los servicios sean cortados en caso de que no se pague el servicio, y de que no hay ninguna salvaguarda legal que impida la desconexión por la falta de capacidad económica para afrontar el costo de los servicios. Es importante recordar al Gobierno mexicano que la desconexión de servicios basada en este criterio es considerada una violación de derechos humanos bajo el derecho internacional de los derechos humanos…”.
“…Aunque se reconoce el costo del servicio…el derecho debe ser asequible para todos y …nadie debe verse privado del acceso por no tener capacidad de pagar. En el marco de los derechos humanos no se puede permitir el corte absoluto”.
Es condenable que nuestras autoridades, en especial el Presidente Municipal y el Cabildo de Saltillo, incumplan con su obligación constitucional de promover, proteger, y garantizar el derecho humano al agua de los saltillenses y permitan que Aguas de Saltillo lo viole flagrantemente, a pesar de ser una empresa paramunicipal propiedad del Ayuntamiento, aun y cuando esté asociada con una empresa transnacional.
Atentamente,
A nombre de la Asociación de Usuarios del Agua de Saltillo
Rodolfo Garza Gutiérrez.