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Desecha Tribunal quejas contra el Partido Joven
El Tribunal Electoral de Coahuila catalogó de inexistente una infracción que le atribuyeron al ex gobernador Humberto Moreira durante la campaña electoral pasada en Cuatro Ciénegas, en donde se comprobó que hubo distribución de folletos del Partido Joven a través de una avioneta.
“Sentencia que declara la inexistencia de la presunta violación a la normativa electoral cometida por Humberto Moreira Valdés, otrora candidato a diputado, postulado por el Partido Joven y el Partido Revolucionario Institucional (sic)”, señala la resolución del Procedimiento Especial Sancionador.
El 2 de junio, Porfirio Espinoza González, representante del PAN en el Comité Municipal Electoral de Cuatro Ciénegas, presentó la denuncia en la cual se alegaba que el 30 y 31 de mayo, el candidato plurinominal del Partido Joven distribuyó propaganda a través de un aeroplano, lo que fue considerado por el denunciante como la infracción a la imparcialidad en el uso de los recursos públicos.
El denunciante presentó como pruebas una foto del aeroplano, y un folleto en el cual por un lado es una carta firmada por Humberto Moreira pidiendo el voto para Miguel Riquelme, candidato a Gobernador, y para Francisco Rodríguez, candidato a diputado local; en otra parte del folleto se simulaba una boleta electoral y se visualiza como se pide el voto para el Partido Joven.
El Tribunal definió que si bien el denunciante había basado su queja en el artículo 134 de la Constitución, en base a este artículo no se vio una infracción debido a que habla de la imparcialidad con la cual deben actuar los servidores públicos, y en ese momento Humberto Moreira no era servidor público, sino candidato del Partido Joven.
Que no hubo infracciones
-Por otra parte, el Tribunal Electoral de Coahuila también perdonó al Partido Joven.
-Declaró, mediante sentencia de un Procedimiento Especial Sancionador, inexistentes presuntas infracciones proselitistas durante la veda electoral que denunció el PRI.
-“Sentencia definitiva que declara la inexistencia de los supuestos actos proselitistas en la veda electoral, objeto del Procedimiento Especial Sancionador, iniciado en contra del Partido Joven”, señala la resolución del Tribunal.