Aprueban ley que crea la Impulsora Minera de Coahuila

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Aprueban ley que crea la Impulsora Minera de Coahuila

Destacan. La Impulsora Minera de Coahuila es un organismo público descentralizado de la Administración Pública, sectorizado a la Sedect, y con personalidad jurídica y patrimonio propio.
A iniciativa del gobernador Rubén Moreira, la 60 Legislatura del Congreso del Estado, avaló y detalló los objetivos como atribuciones del nuevo organismo descentralizado

PIEDRAS NEGRAS.- En el maro del congreso itinerante, la 60 Legislatura del Congreso del Estado llevó a cabo ayer la 4ª sesión del primer periodo extraordinario de sesiones, en esta ciudad fronteriza.

En esta sesión, se autorizó a iniciativa del gobernador Rubén Moreira Valdez, un dictamen formulado por las Comisiones Unidas  de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Energía, Minería e Hidrocarburos, la Ley que crea el organismo público descentralizado “Impulsora Minera de Coahuila”. 

Esta Ley crea la Impulsora Minera del Estado como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Económico, Competitividad y Turismo (Sedect), con personalidad jurídica y patrimonio propios. 

TENDRÁ POR OBJETO:

> Apoyar mediante la ejecución de las acciones que le competan, la política minera local enmarcada en el Plan Estatal de Desarrollo.

> Elaborar y ejecutar en el ámbito de su competencia, programas y acciones para el fortalecimiento y la modernización de las actividades mineras en el Estado.

> Adquirir y/o enajenar carbón y otros minerales o recursos naturales en beneficio de las actividades mineras del Estado, así como implementar programas sociales y de inversión para el fortalecimiento y crecimiento de las infraestructuras pública del Estado y privada del productor.

> Diseñar e implementar programas de fortalecimiento a la industria minera estatal en exploración, extracción, financiamiento, comercialización, transportación, capacitación y asistencia técnica para el desarrollo de procesos industriales de valor agregado a los productos y subproductos diversos.

ATRIBUCIONES:
> Coordinar el desarrollo de sus actividades con aquéllas que realicen otras dependencias o entidades públicas, federales, estatales o municipales, a fin de promover el desarrollo de la actividad minera en el Estado.

> Formular y ejecutar, en la esfera de su competencia, programas de promoción y desarrollo de la actividad minera en el Estado.

> Promover y difundir, en coordinación con las instancias interesadas el desarrollo de las actividades mineras que se realicen en las distintas regiones del Estado, a través de publicaciones, ferias, exposiciones y foros promociónales en general, tanto en el ámbito local, nacional e internacional.

> Desarrollar proyectos sustentables de infraestructura para el apoyo de actividades de la industria minera en la entidad.

> Llevar a cabo actividades propias para el tratado del carbón, como el lavado y coquización, o concentración de otros minerales o recurso natural, según lo que le corresponda, mediante los cuales se facilite a los productores a realizar la venta de sus insumos.

> Adquirir, enajenar, arrendar y subarrendar la maquinaria y equipo que resulte necesario a los requerimientos de operación de la Impulsora.

> Promover entre los productores mineros de la entidad el acceso a créditos productivos y, en su caso, gestionar la tramitación de los mismos.

> Adquirir, preferentemente, de los pequeños y medianos productores de carbón u otros minerales o recursos naturales en el Estado, a fin de apoyarles en el fortalecimiento y modernización de sus operaciones.

> Adquirir, recibir, transportar y entregar carbón u otros minerales  o recursos naturales, conforme a las especificaciones que se establezcan en los contratos que, en los términos de las disposiciones aplicables, suscriba en cumplimiento de su objeto.

> Impulsar a los productores mineros a ser proveedores de las industrias siderúrgicas, del sector eléctrico y otras.

> Fortalecer tecnológicamente, en los términos de los convenios y contratos que al efecto se suscriban, a los productores mineros respecto a la investigación y aplicación de nuevas tecnologías que les permitan mejorar la explotación, exploración y aprovechamiento de los recursos mineros de la entidad y sus subproductos, y en su caso la diversificación de sus actividades,  incluyendo gas y aceite shale.

> Diseñar, implementar y ejecutar planes y programas de capacitación y asistencia técnica a favor de los productores mineros de la entidad.

> Destinar los recursos necesarios para la elaboración de estudios, proyectos y visitas de campo que se requieran para cuantificar reservas y recursos mineros y sus características de calidad y profundidad en las diferentes cuencas del Estado.

> Participar en coordinación con las instancias competentes, en la elaboración de  cartografía regional  especializadas que permita conocer e identificar los recursos naturales del Estado y sus reservas para su explotación.

> Comercializar, en la esfera de su competencia, los productos mineros de la entidad en los mercados nacional e internacionales; entre otros.