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Lo que debes saber antes de construir o ampliar tu casa
Ciudad de México.- Muchas personas ignoran esta actividad, pero si la pasas por alto podrías ser candidato a pagar sanciones.
En 2008 Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentó una reforma al ‘Reglamento del Seguro Social obligatorio para los trabajadores de la Construcción por obra o tiempo determinado’.
Cabe señalar que este reglamento no aplica para los trabajadores de planta como administrativos, técnicos, entre otros.
Este es el proceso que deberás iniciar para asegurar a tus albañiles:
Registrarse ante el IMSS como patrón de la construcción, para ello, tendrás cinco días hábiles luego del inicio de la obra.
Luego de que los albañiles y ayudantes hayan comenzado a trabajar, tendrás cinco días hábiles para afiliarlos.
Cumplir con lo que menciona el Sistema de Afiliación de los Trabajadores de la Construcción (SATIC). Los formatos que deberás atender serán:
-Aviso de registro de obra
-Aviso de obra subcontratada
-Aviso de incidencia de obra
-Aviso de cancelación de subcontratación
-Relación mensual de trabajadores
Efectuar el pago oportuno cada mes de las cuotas obrero-patronales
Si cumples con estos requisitos, el IMSS no tendrá motivos para aplicar ninguna sanción.
Todo esto se deriva porque te conviertes en patrón, pero ¿en qué momento me convierto en uno?
Si contrato directamente al albañil y sus ayudantes para que inicie el levantamiento de la obra
Ahora, ¿en qué momento no estoy obligado a registrarme ante IMSS como patrón de construcción?
Si demuestro que soy propietario de una obra y por mis propios medios o con ayuda de familiares, amigos o vecinos construyo mi inmueble.