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No aprueba Trife propuesta de Instituto Electoral de Coahuila
La Sala Superior del Trife declaró inconstitucional el artículo 51, párrafo 2, de la Ley General de Partidos Políticos, luego de un recurso interpuesto por 4 partidos políticos de Coahuila respecto a un dictamen del Instituto Electoral de Coahuila que se basó en esa legislación.
El dictamen de tribunal federal consideró contrario a la Constitución la obligatoriedad que establece dicha Ley para los institutos políticos, de contar con representación legislativa en el Congreso de la Unión o local, para recibir financiamiento público para actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas.
Al resolver los juicios SUP-JRC-50/2016 y acumulados, el órgano ordenó rectificar el Acuerdo 6/2015 del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, a fin de modificar la distribución del financiamiento total.
Se espera que la sentencia sea cumplida por el IEC en la sesión de ayer viernes por la mañana a que han sido convocados el Consejo y los partidos políticos. También se espera que a raíz de esta resolución haya reformas a la legislación federal.
La sentencia ordena incluir a los partidos de la Revolución Democrática, Revolucionario Coahuilense, Joven y Campesino Popular, que fueron los que se quejaron, en la distribución del financiamiento público de 30 por ciento en forma igualitaria y 70 por ciento de acuerdo a la votación obtenida.