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Alcalde de Monclova utiliza su imagen en propaganda del segundo informe
Monclova, Coahuila.- Pese a que la Ley de Acceso a la Información y Datos Personales prohíbe la promoción personalizada de servidores públicos con recursos públicos bajo cualquier modalidad de comunicación, el alcalde Gerardo García Castillo utilizó su imagen como parte de la propaganda para su segundo informe de gobierno.
Días antes de llevarse a cabo el evento para dar los resultados de su segundo año de gestión, se colocó una publicidad en el puente peatonal del bulevar Harol R. Pape, justo frente al Teatro de la Ciudad.
En ésta que tiene el rostro del edil de Monclova, se lee que son más de 13 mil luminarias las que se rehabilitaron y modernizaron con alumbrado led, beneficiando a ciudadanos de 148 colonias, además de incluir el logo oficial de la actual administración municipal.
En el resto de los anuncios y espectaculares que se instalaron en Monclova, sólo se mostraron fotografías de las obras concluidas y se añadieron cifras de los recursos invertidos.
En la reforma al artículo 134 constitucional electoral se especifica que los servidores públicos de la Federación, los Estados y los Municipios, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
“La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”, menciona.
Asimismo, el artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información y Datos Personales prohibe la difusión de imagen o propaganda personalizada de los servidores públicos pagada con recursos públicos.
Estas leyes en sus respectivos ámbitos garantizan evitar hacer uso de los recursos públicos para promocionar la imagen de los representantes del pueblo, partiendo de la premisa que no se trata de una disposición normativa propiamente electoral, sino que su objeto tiene más relación con preservar la integridad de la hacienda pública y con normar el uso de recursos públicos.