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SCJN declara inconstitucional ley electoral de Oaxaca
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, debido a que su emisión por parte del Congreso local no respetó los mínimos procedimientos legislativos de una democracia representativa.
El presidente de la Corte, Luis María Aguilar, calificó al actuar de los diputados oaxaqueños como viciado y desaseado.
Por unanimidad, el Pleno del Alto Tribunal determinó anular el estatuto que fue aprobado en julio pasado y que sería utilizada para elegir gobernador en esa entidad, el año próximo.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue el encargado de elaborar el proyecto de sentencia y comentó qué irregularidades encontró para la emisión de la citada ley:
"Primero: no hay constancia de las respectivas convocatorias a la sesión extraordinaria del 9 de julio. Segundo: tampoco existen constancias de que se haya repartido el dictamen de proyecto de ley a los integrantes del Congreso del Estado, previo a la sesión o durante la misma. Tercero: ante la inconformidad de un grupo de diputados por la falta de entrega de dictamen, y el desorden generalizado en el interior del recinto legislativo, se decidió cambiar el lugar para llevar a cabo la sesión en una sala de juntas de un partido político, de manera inmediata".
El ministro relató que se sesionó en la sala de juntas con sólo 23 diputados de los 41, que antes se encontraban en el Salón de Plenos del Congreso.
La Corte también declaró inconstitucional varios preceptos de la Constitución de Oaxaca, en materia electoral, incluido el 68 fracción primera, que disminuyó de cinco a tres años, el requisito de residencia para ser candidato a gobernador.
De acuerdo con los diputados locales del PAN, la reforma tenía dedicatoria para Alejandro Murat, hijo del ex gobernador oaxaqueño, José Murat.