Corte aplaza discusión sobre amparo a Caro Quintero

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Corte aplaza discusión sobre amparo a Caro Quintero

Foto: Archivo
El ministro ponente de este caso, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea solicitó dejar en lista el proyecto a su cargo; la defensa de Quintero argumenta inconstitucionalidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió aplazar la discusión sobre el amparo interpuesto por el exlíder del cartel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero -actualmente prófugo de la justicia-, contra la orden de detención provisional con fines de extradición a los Estados Unidos de Norteamérica.

Durante la sesión de la Primera Sala de la SCJN, el ministro ponente de este caso, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea solicitó dejar en lista el proyecto a su cargo.

Caro Quintero es buscado en nuestro país para que cumpla la sentencia de 40 años de prisión y de los cuales solo estuvo preso 28 años en razón de un amparo que obtuvo y que después le fue revocado, relacionado con el homicidio del agente de la Agencia Antidrogas de los Estados Unidos (DEA) por sus siglas en inglés, Enrique Camarena Salazar y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, cometidos en 1985

En el recurso interpuesto por los abogados del capo se argumenta la presunta inconstitucionalidad de diversos artículos tanto de la Ley de Extradición Internacional, como del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, por lo que demanda el amparo de la justicia federal y calificar de improcedente la solicitud de detención con fines de extradición librada en contra del capo.

La prisión preventiva no puede durar más allá de un plazo razonable ni más allá de la persistencia causal que se invocó para justificarla. No cumplir con estos requisitos equivale a anticipar una pena sin sentencia”, precisa el texto del recurso interpuesto.

Sin embargo, el proyecto del ministro Arturo Zaldívar eventualmente propondría negar el amparo solicitado por los abogados del capo al considerar que la figura de la detención provisional con fines de extradición por un plazo de 60 días, encuentra sustento en el artículo 119 constitucional y no se vulnera de forma alguna los derechos humanos del recurrente, es decir, de Rafael Caro Quintero.

Sin embargo, con la solicitud formulada por el propio ministro Zaldívar, la discusión del asunto habrá de ser re-agendada para su posterior votación.